La utilización de los vehículos del Estado para las entidades dependientes del Ejecutivo tendrán nuevas reglas.
La Secretaría de la Administración Pública emitió un acuerdo ministerial para que el uso de vehículos institucionales sea exclusivo para funcionarios de los rangos 10, 9, 8, 7, 6 y 5. Esto es: presidente, vicepresidente de la República, ministros, viceministros, subsecretarios y coordinadores generales, en su orden.
Con ello se prohíbe que los servidores públicos con cargos de asesores y gerentes de proyectos puedan acceder a los vehículos institucionales.
La Secretaría prohibió el uso de los vehículos para trasladar a los servidores públicos a sus domicilios u otros lugares que no sean asuntos oficiales; o llevarlos a las terminales terrestres, aéreas o fluviales.
Se impide también que se traslade en los carros estatales a personal que no sea de la institución, así como equipos o materiales que no sean de las entidades públicas.
Este acuerdo, que consta de nueve artículos y fue expedido el jueves pasado, prohíbe el uso de altavoces y sirenas en los vehículos institucionales, excepto para los automotores asignados a altos funcionarios como el mandatario y su binomio, y ministros de Estado.
Fuente: El Universo
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